PROPÓSITO
El propósito de la Póliza de Emérito/Emérita El estatus es reconocer las contribuciones de profesores distinguidos y de larga trayectoria y personal al momento de su retiro del Colegio Comunitario del Condado de Hudson ("Colegio") a través de la concesión del estatus de Emérito/Emérito.
POLÍTICA
El Colegio y su Junta Directiva están comprometidos a mantener una vida intelectual rica y una cultura organizacional vibrante. La Oficina del Presidente reconoce que fomentar y promover las relaciones entre el Colegio y el cuerpo docente y el personal distinguido y de larga trayectoria, luego de su retiro del Colegio, es esencial para sostener la vida intelectual y la cultura organizacional del Colegio. La Oficina del Presidente se compromete a cultivar estas relaciones a través de la concesión del estatus de Emérito/Emérita al cuerpo docente y al personal que representan la misión y los valores del Colegio.
La Junta delega en el Presidente la responsabilidad de desarrollar procedimientos y lineamientos para la implementación de esta política. El Gabinete de HCCC será responsable de implementar los procedimientos y lineamientos desarrollados para esta política.
Aprobado: noviembre de 2021
Aprobado por: Patronato
Categoría: Oficina del Presidente
Revisión programada: noviembre de 2024
Departamento Responsable: Oficina del Presidente (Gabinete)
Procedimientos
Procedimiento de concesión de estatus de emérito/emérito
En reconocimiento a las contribuciones y el servicio distinguido al Colegio Comunitario del Condado de Hudson, la Junta de Fideicomisarios otorgará al profesorado y al personal titular que se jubila, sirviendo al nivel de Decano Asociado o superior, un título honorífico correspondiente al título que tenía inmediatamente antes de la jubilación, que se conocerá como "Emérito/Emérita".
- Requisitos de elegibilidad:
- Desempeño ejemplar demostrado.
- No hay decisiones de personal adversas actualmente en el archivo y no hay antecedentes disciplinarios significativos durante los cinco años anteriores a la jubilación.
- Al menos veinte años de servicio de tiempo completo en el Colegio Comunitario del Condado de Hudson. Bajo ciertas circunstancias, el Colegio puede conferir el estatus de Emérito/Emérita a personas que no tienen veinte años de servicio a tiempo completo pero que de otro modo serían elegibles.
- Evidencia de contribuciones sustantivas y servicio distinguido.
- Procedimientos para su consideración:
- Los empleados pueden nominar a los empleados jubilados/jubilados para el estado de emérito, indicando cómo cumplen con los requisitos de elegibilidad de esta política, para considerar la concesión del estado de emérito/emérito. Las solicitudes deben presentarse antes del 31 de diciembre de cada año académico.
- Al verificar la elegibilidad del Vicepresidente de Recursos Humanos, el Presidente recomendará a los empleados elegibles para el estado Emérito/Emérita a la Junta Directiva a través del Comité de Personal de la Junta.
- La Junta Directiva actuará según las recomendaciones del Presidente y del Comité de Personal.
- Cualquier empleado jubilado o fallecido antes de la aprobación de esta política puede ser designado para tal estado de forma retroactiva o póstuma.
- El estatus de Emérito/Emérita incluirá:
- Una resolución impresa de la acción de la Junta de Síndicos que otorga la designación de Emérito/Emérita.
- Reconocimiento Emeritus/Emerita durante su vida en el catálogo del Colegio y otras publicaciones y lugares apropiados.
- La oportunidad de recibir invitaciones a eventos universitarios formales y funciones académicas.
- Una dirección de correo electrónico de la universidad.
- Una identificación universitaria que designe el estado de emérito/emérito.
- Acceso a las instalaciones de la biblioteca y recursos electrónicos.
- Acceso a espacio de oficina compartido cuando sea razonablemente posible.
Aprobado: enero de 2022
Aprobado por: Gabinete
Categoría: Oficina del Presidente
Revisión programada: enero de 2025
Departamento Responsable: Oficina del Presidente (Gabinete)
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